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Facturas DGI impresas en Uruguay: cuándo se utilizan y cómo solicitarlas

Facturas DGI impresas en Uruguay: cuándo se utilizan y cómo solicitarlas

CATEGORÍA
Documentos DGI
PUBLICADO
11/06/2025
AUTOR
Papergraf
PAPERGRAF · ARTÍCULOS
Índice
La facturación electrónica cambió por completo la forma en que las empresas uruguayas documentan sus operaciones. Hoy, para los contribuyentes comprendidos en el régimen de facturación electrónica, la regla general es emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). Esto significa que una factura ya no se entiende necesariamente como un talonario de papel: puede generarse, transmitirse y conservarse de forma electrónica. Existen situaciones concretas en las que una empresa puede necesitar documentación impresa, ya sea por las características de su régimen, por una situación de contingencia o porque necesita una representación física de un comprobante electrónico. Pero el papel no desapareció completamente. Y ahí aparece una diferencia importante: una factura entregada en papel no es necesariamente una factura manual. En este artículo explicamos qué ocurre actualmente con las facturas DGI impresas, cuándo pueden utilizarse y qué pasos debe seguir una empresa antes de solicitar su impresión.
facturas DGI impresas en Uruguay

01

¿Qué significa hoy “factura DGI impresa”?

La expresión sigue utilizándose habitualmente para referirse a una factura o comprobante producido físicamente por una imprenta y sujeto a los requisitos fiscales correspondientes.

Sin embargo, actualmente hay que distinguir entre diferentes situaciones.

  • Una empresa que es emisora electrónica documenta sus operaciones habituales mediante CFE.
  • En determinados casos, ese CFE puede entregarse al cliente mediante una representación impresa.
  • También existen comprobantes fiscales de contingencia preimpresos para situaciones en las que el sistema electrónico no puede utilizarse.
  • Y, además, determinados contribuyentes pueden estar exceptuados del régimen de facturación electrónica y utilizar documentación tradicional en papel, siempre que cumplan las condiciones y autorizaciones correspondientes.

Por eso, antes de pedir “facturas DGI en papel”, lo primero es determinar qué tipo de documentación necesita realmente la empresa.

02

Factura electrónica y factura impresa no son necesariamente lo mismo

Esta es probablemente la confusión más habitual.

Cuando un emisor electrónico realiza una operación con un receptor que no es electrónico, puede entregar una representación impresa del CFE.

La DGI establece que esa representación impresa tiene validez legal y que el receptor no electrónico no puede exigir un documento tradicional en sustitución del CFE.

Por tanto:

  • CFE → documento electrónico
  • Representación impresa → versión física del CFE

No son dos facturas distintas. La segunda representa físicamente a la primera.

Esto es especialmente importante porque evita una interpretación equivocada del papel dentro del sistema actual. Una empresa puede estar completamente integrada a la facturación electrónica y, aun así, entregar determinados comprobantes en papel.

03

¿Cuándo puede utilizarse documentación impresa?

No existe una única situación. La documentación tradicional en papel está actualmente limitada a los casos previstos por la normativa.

Empresas exceptuadas del régimen electrónico

La DGI establece que únicamente pueden documentar con comprobantes en papel aquellos contribuyentes que estén exceptuados de ingresar al régimen de facturación electrónica.

Las excepciones dependen del régimen fiscal y de determinadas características de la actividad o del contribuyente. Por eso, no es recomendable asumir que una empresa puede utilizar documentación tradicional simplemente porque lo haya hecho en el pasado.

Antes de solicitar la impresión, conviene comprobar la situación concreta ante DGI o con el contador de la empresa.

Situaciones de contingencia

Existe otro caso diferente: los emisores electrónicos pueden necesitar documentación preimpresa cuando no pueden utilizar su sistema de facturación por una contingencia justificada.

Puede tratarse, por ejemplo, de un corte de energía, un problema de conexión o una falla que impida utilizar temporalmente el sistema. Para estas situaciones, DGI contempla los llamados Comprobantes Fiscales de Contingencia. Una vez superada la contingencia, el emisor electrónico debe realizar el procedimiento correspondiente para informar esas operaciones a DGI.

El papel funciona en este caso como un mecanismo de respaldo, no como sustituto permanente del sistema electrónico.

Otros casos previstos por DGI

La normativa también contempla situaciones particulares, como determinados comprobantes y operaciones que pueden tener requisitos adicionales o autorizaciones específicas.

Por eso, el tipo exacto de documento debe determinarse antes de realizar la impresión.

04

¿Cómo se solicita la impresión?

Cuando una empresa necesita documentación no electrónica que requiere autorización, el proceso comienza en DGI.

Actualmente existe un trámite específico de Solicitud de autorización para impresión de documentación por Internet.

El contribuyente solicita la autorización correspondiente y la documentación resultante debe ser enviada a una imprenta habilitada para realizar la impresión en papel.

El procedimiento, de forma simplificada, es:

1. Verificar qué documentación corresponde

Antes de imprimir, la empresa debe determinar qué comprobante necesita y si puede utilizar documentación no electrónica.

2. Solicitar la autorización correspondiente

Cuando el documento requiere autorización, el trámite se realiza ante DGI mediante sus servicios en línea.

3. Obtener la constancia de autorización

Una vez procesada la solicitud, la empresa dispone de la autorización o constancia correspondiente.

4. Enviar la documentación a la imprenta

La autorización debe entregarse a una imprenta que forme parte del registro correspondiente.

5. Imprimir la documentación

La imprenta produce los documentos de acuerdo con las características y requisitos que corresponden al tipo de comprobante autorizado.

La DGI mantiene un registro de imprentas habilitadas para recibir estas autorizaciones. Papergraf opera bajo Tanimel Sociedad Anónima, RUT 217735360011, entidad que figura en dicho registro de imprentas.

05

¿Qué información debe tener una factura impresa?

Una factura impresa destinada a documentación fiscal no es simplemente una hoja con el nombre de la empresa.

Debe cumplir con las características exigidas para el tipo de comprobante correspondiente y con las condiciones establecidas por DGI.

Entre otros aspectos, pueden intervenir:

  • identificación del emisor;
  • RUT;
  • tipo de comprobante;
  • numeración;
  • datos del receptor cuando corresponda;
  • información de la operación;
  • datos de autorización;
  • identificación de la imprenta, cuando corresponda;
  • distribución de originales y copias según el formato utilizado.

Los requisitos concretos dependen del documento y del régimen aplicable.

Por eso, no recomendamos utilizar una plantilla descargada de internet para intentar preparar por cuenta propia documentación fiscal.

En este tipo de documentos, el diseño y los requisitos fiscales tienen que trabajar juntos.

06

¿Qué diferencia hay entre una factura DGI y un documento comercial común?

No todos los documentos que imprime una empresa son documentos fiscales.

Una empresa puede pedir una hoja membretada, un formulario interno o un talonario para una orden de trabajo. Eso no significa que el documento tenga que cumplir los mismos requisitos que una factura o comprobante fiscal. La diferencia está en su finalidad.

Tipo de documentoFinalidad¿Puede estar sujeto a requisitos de DGI?
Factura / CFEDocumentar una operación fiscalSí
Representación impresa de CFEEntregar físicamente la información del comprobante electrónicoSí
Comprobante de contingenciaDocumentar una operación durante una contingencia previstaSí
RemitoDocumentar determinadas operaciones o movimientos de bienesDepende del régimen y documento
Formulario internoGestionar un proceso de la empresaGeneralmente no
Orden de trabajoRegistrar un servicio o intervenciónGeneralmente no
Papelería corporativaComunicación e identidad empresarialNo

Por eso, antes de solicitar una impresión conviene saber qué documento se está produciendo y para qué se va a utilizar.

07

¿Las facturas DGI impresas tienen que ser autocopiativas?

No necesariamente. El sistema autocopiativo es una característica del soporte y del proceso de impresión.

Puede resultar práctico cuando se necesitan varias copias de un mismo documento, pero no debe confundirse con la condición fiscal del comprobante.

Un documento puede ser autocopiativo porque la empresa necesita:

  • una copia para el cliente;
  • otra para administración;
  • otra para archivo;
  • o varias copias para distintas etapas del proceso.

En el caso de documentación fiscal, el tipo de formulario, las copias y demás características deben ajustarse a lo que corresponde para ese comprobante.

Para conocer más sobre cómo funciona este sistema en distintos procesos empresariales, podés consultar nuestro artículo sobre talonarios autocopiativos para empresas.

08

¿Qué pasa si la empresa ya utiliza facturación electrónica?

En ese caso, no debería solicitar facturas impresas simplemente para volver a utilizar el antiguo sistema manual.

La DGI establece que los emisores electrónicos documentan sus operaciones de venta mediante CFE y que no pueden emitir documentos manuales para esas operaciones, salvo lo previsto para situaciones de contingencia justificadas.

Eso significa que la impresión debe responder a una situación concreta:

una representación impresa del CFE, una contingencia, una excepción al régimen u otro supuesto previsto por la normativa.

Si la empresa tiene dudas sobre su situación, lo más recomendable es consultar primero con su contador o con DGI.

09

¿Y qué ocurre con los remitos?

El caso de los remitos muestra por qué no conviene reducir toda la conversación a “factura electrónica sí o no”.

El e-Remito forma parte de los Comprobantes Fiscales Electrónicos y está relacionado con el movimiento físico de bienes. Es decir, la mercadería puede desplazarse físicamente mientras la documentación se gestiona electrónicamente.

En determinadas circunstancias existen también documentos impresos y autorizaciones específicas relacionadas con remitos. Por eso, si una empresa necesita remitos en papel, conviene comprobar primero cuál es el documento que corresponde a su situación y si debe solicitar autorización para imprimirlo.

Si necesitás conocer los distintos documentos que puede utilizar una empresa, podés consultar nuestra guía sobre documentos comerciales en Uruguay.

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¿Necesitás imprimir facturas DGI?

El primer paso no es elegir el papel ni el número de copias. Es comprobar qué documentación puede utilizar tu empresa.

Una vez determinada la situación, la impresión puede adaptarse al uso real: formato, cantidad de ejemplares, distribución de las copias y características del talonario.

En Papergraf trabajamos con empresas que necesitan documentación comercial y fiscal impresa y contamos con la condición de imprenta registrada en el ámbito correspondiente de DGI.

Si ya tenés la autorización y necesitás producir la documentación, podemos ayudarte a preparar la impresión de acuerdo con el formato indicado.

Podés consultar nuestra página de Facturas DGI impresas para conocer el servicio y solicitar un presupuesto. Antes de imprimir documentación fiscal, confirmá siempre qué régimen y autorización corresponden a tu empresa.

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Papel cuando corresponde, digital cuando corresponde

La facturación electrónica no hizo desaparecer la impresión. Lo que hizo fue cambiar su función.

Hoy una empresa puede documentar sus operaciones de forma electrónica y, al mismo tiempo, necesitar determinadas representaciones impresas o documentación física para situaciones específicas. Por eso, cuando alguien busca una “factura DGI impresa”, puede estar refiriéndose a situaciones diferentes.

  • Puede necesitar una documentación tradicional porque su régimen lo permite.
  • Puede necesitar un comprobante de contingencia.
  • O puede necesitar simplemente una representación física de un CFE.

Distinguir estos casos antes de imprimir evita errores y permite elegir el formato adecuado desde el principio.

La normativa fiscal puede actualizarse, por lo que recomendamos comprobar siempre la información vigente de DGI antes de solicitar documentación fiscal.

Información y actualización

Este artículo se basa en información publicada por la Dirección General Impositiva sobre facturación electrónica, documentación tradicional, comprobantes de contingencia y autorización de impresión.

La situación fiscal de cada empresa puede ser diferente. Ante cualquier duda sobre qué documentación corresponde utilizar, consultá con tu contador o directamente con DGI.

Información revisada: septiembre de 2026.

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